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¿Qué es FAAVID?
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Fondo para la Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito
El Fondo para la atención y apoyo a las víctimas del delito, se crea con la expedición de la Ley de Atención a las Víctimas del Delito para el Distrito Federal, en su artículo vigésimo tercero, la cual fue publicada en la Gaceta Oficial en fecha 22 de abril de 2003.
FAAVID

El Fondo para la Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito, se constituye a través de un contrato de Fideicomiso, celebrado por el Gobierno del Distrito Federal, en su carácter de Fideicomitente y por la otra el Banco del Ahorro Nacional y Servíos Financieros, Sociedad de Crédito Institucional de Banca de Desarrollo, quien es la Fiduciaria, con la participación de la Coordinadora de Sector, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, de conformidad al artículo 24 de la legislación citada.

El Fondo se integra con los recursos a que se refieren los artículos 41, 50, 51 y 55, cuarto párrafo del nuevo Código Penal para el Distrito Federal, con las aportaciones que para tal efecto hagan en efectivo o en especie los particulares u organismos públicos, privados y sociales.

El Fondo para la Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito, cuenta con un Comité Técnico, el cual está Integrado por:

El Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en su carácter de Presidente Suplente; por el Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, en su carácter de vocal; por el Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal, en su carácter de vocal; por el Secretario de Salud del Distrito Federal, en su carácter de vocal por el Subprocurador (a) de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad , en su carácter de vocal, así como por un representante de la Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal, de la Fiduciaria , el Secretario de Actas y el asistente financiero designado por la coordinadora de sector.

El Fondo para la Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito, no cuenta con una estructura propia, ni con personal a su cargo.